TRANSFERENCIAS DE INMUEBLES (Compra y Venta, Cesión de Acciones y Derechos, Anticipos de Legítima, Donación, Permuta, Sustitución de Régimen Patrimonial, entre otros).
Requisitos:
1. Minuta debidamente suscrita por las partes intervinientes y autorizada por Abogado colegiado.
2. Copia simple de los documentos de identidad de los contratantes. En caso de identificarse con DNI, éste debe contar con el sello de la última votación, con el de dispensa o con el pago de multa. En caso de identificarse con Carné de Extranjería, deberá encontrarse Vigente. En el caso de ciudadanos extranjeros que se encuentren de tránsito por la capital, además de presentar su Pasaporte, deberán contar con el permiso especial para firmar contratos. En el caso de testigos a ruego o intérpretes, deberán cumplir con los mismos requisitos.
3. Vigencia de Poder actualizada y expedida por la SUNARP, en caso de actuar en representación de alguna persona natural o jurídica.
4. Copia Literal de Dominio o Certificado Registral Inmobiliario (CRI), actualizada y expedida por la SUNARP.
5. Copia simple de la Declaración Jurada de Autoavalúo (HR–PU). Recibo de pago del total del Impuesto Predial o Constancia de No Adeudo del Impuesto Predial, expedida por la Municipalidad correspondiente.
6. Impuesto de Alcabala o Constancia de Inafectación, expedida por el SAT o por la Municipalidad correspondiente, según corresponda.
7. Pago del Impuesto a la Renta o Comunicación de No Encontrarse Obligado al Pago del I.R., según corresponda. (En caso de venta de inmuebles que cumplan con la condición de Casa- Habitación, el Vendedor deberá presentar un Certificado Positivo de Propiedad de Lima y Callao.
8. Copia legible del Medio de Pago Bancario (en caso de transferencias onerosas cuyo valor sea igual o mayor a 3 UIT – Ley 30730).
9. Original de la Partida de Nacimiento (en caso de anticipo de legítima).
10. Original de la Partida de Matrimonio (en caso de Sustitución de Régimen Patrimonial).
11. Ficha RUC, en caso corresponda.
12. Proporcionar las generales de ley del o los contratantes o intervinientes, llenando la hoja de datos que entregamos en el mostrador.
13. Cancelación de los Derechos Notariales y Registrales.
Nota: En caso las partidas presentadas no hayan sido emitidas por RENIEC, se requiere que esta entidad las vise o certifique.